Cinco motivos por los que firmar una carta de intenciones.-.


La carta de intenciones o “letters of intent” es una figura contractual propia del Derecho anglosajon, que sin bien carece de regulación propia en nuestro sistema legal, es cierto que se ha incorporado al mismo en atención a la autonomía contractual, art. 1255 Código Civil.


Cada vez es más habitual que en el tráfico mercantil, las partes recurran a su firma, como documento  previo al inicio de las negociaciones en la compra de una unidad productiva de la empresa.


A priori podríamos decir que son simplemente una manifestación de voluntad de iniciar la negociación de un contrato. Pero su eficacia jurídica es innegable.




Entonces, ¿Es necesaria su firma con anterioridad al inicio de las negociaciones?.


Podríamos resumir su utilidad en los siguientes puntos, que no constituyen un número cerrado en las ventajas que nos puede reportar la firma de una carta de intenciones:


1.- Determinar qué disposiciones son o no vinculantes para las partes.


2.- Establecer el objeto de las negociaciones.


3.- Facilitar el acceso a la documentación necesaria al futuro comprador.


4.- Establecer clausulas de confidencialidad en la información obtenida.


5.- Garantizar que  no se iniciarán negociaciones con terceros mientras dure el proceso negociador.




Tal es la importancia de estos documentos precontractuales, que existe  una Propuesta de Modernización del Código Civil en materia de obligaciones y contratos, elaborada por el Ministerio de Justicia en 2011, en la que se contienen abundantes normas relativas  a la fase previa de la celebración del contrato, referidas básicamente a los deberes existentes en este periodo. Entre ellos la carta de intenciones.

Se incluye una referencia relativa a las violación de los deberes de confidencialidad,  y la negociación contraria a la buena fe, situando así la Propuesta en la linea del moderno derecho contractual europeo e internacional.



Por lo tanto, si no es imprescindible, si es recomendable plasmar por escrito cual es la voluntad del proceso negociador, antes de iniciar el mismo.


Laura Mollá Enguix (Socia fundadora GMR Management) | 20 May 2013